La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata declaró “inadmisible” el recurso extraordinario presentado por organizaciones ambientalista para evitar el desarrollo de exploración petrolera frente a costas de Mar del Plata, medida que deja abierto el camino para que las empresas asignadas inicien esas operaciones.
“Nuestro máximo Tribunal tiene dicho que las resoluciones que no reúnen la condición mencionada (sentencia definitiva), no habilitan –en principio- la instancia extraordinaria, por no cumplir con los requisitos exigidos por el art. 14 de la Ley 48”, consideraron los jueces para desestimar el planteo y sostener lo resuelto con anterioridad.
Corresponde al nuevo paso de la causa “Godoy, Ruben Oscar contra Estado Nacional- Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y otros sobre Amparo Ambiental que ahora volverá al Juzgado Federal N° 2, Secretaría N° 1 de esta ciudad, donde tramita desde su inicio.
Los mismos jueces ya habían emitido fallo el 5 de diciembre pasado que confirmó la sentencia que apelada por las mismas organizaciones ambientalistas y habilitó la actividad de exploración de hidrocarburos con algunos condicionamientos y exigencias a cumplir.
En aquella resolución determinaron que esas acciones se deben hacer en presencia de ObservaDores Permanentes del equipo “Pampa Azul para velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul”.
Fija que las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta (50) km. del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul” y que deberán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente.
El tribunal exhorta a autoridades administrativas a que “propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del Proyecto, para cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente”.
FUENTE: www.infobrisas.com