En un fallo inédito, la Justicia federal determinó que es un derecho humano respirar aire puro no contaminado con sustancias introducidas por la actividad del hombre y ordenó que, en el plazo de 20 días, se instale un sistema de monitoreo de gases, especialmente del benceno.
La resolución fue dictada por el juez federal de Morón, Jorge Rodríguez, uno de los magistrados que ejecutan la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que ordena a los Estados nacional, bonaerense y porteño el saneamiento del Riachuelo y establece que, además del monitoreo, se presenten reportes de su evolución.
“La obligación de establecer un tope cuantitativo para la presencia de benceno en el aire está contenida en la resolución 2/2007 dictada -e incumplida- por la Acumar, con participación de la Nación, la provincia y la CABA. El daño a la salud que puede causar el benceno es muy alto como ya hemos expuesto en estos autos y la negligencia para controlarlo genera serias responsabilidades de carácter administrativo, económico y penal de los funcionarios”, indica la presentación realizada ante la Justicia.
El reclamo fue realizado por el Cuerpo Colegiado, conformado por manda de la Corte por varias ONG con la función de controlar la ejecución del fallo. Los representantes de la sociedad civil entienden que la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (Acumar) presenta reportes sobre calidad de aire “confusos e incompletos”.
“La población y la gente que trabaja en la cuenca han naturalizado el olor que permite identificar a algunos de esos gases. Sólo los advierten cuando se produce un incidente o una inversión térmica como ocurrió hace unas semanas. Para cumplir el fallo los gobiernos de la ciudad y la provincia deben actualizar sus paradigmas de reglamentación y dejar de aceptar la aplicación de tecnologías industriales superadas”, indicó a Infobae Raúl Estrada Oyuela, apoderado de la Asociación de Vecinos de la Boca, y recordó el intenso olor que llegó a la Capital que emanaba de una curtiembre en Lanús.
Los reportes que realiza Acumar no detallan las concentraciones de los gases que se miden en las estaciones de monitoreo instaladas en la cuenca y, según la presentación del Cuerpo Colegiado, pareciera que las mediciones que realiza la Ciudad y las que presenta Acumar, no están integradas.
“En 2007 ACUMAR aprobó una lista insuficiente de 3 materiales particulados y 5 gases cuya presencia en el aire debe ser monitoreada. Estableció parámetros máximos para cada uno, menos para el benceno, cancerígeno ampliamente reconocido. El límite para el benceno debía fijarse en dos años, pero hasta hoy está pendiente”, agregó Estrada Oyuela.
“La resolución del juez Rodríguez dice que es un derecho natural poder respirar aire que no contenga contaminación introducida por la actividad humana. Esto es un hito en el derecho ambiental nacional y seguramente tendrá repercusión en otros países. El 8 de julio de 2008, la Corte Suprema le ordenó mejorar la calidad de vida de las personas, recomponer el aire, el agua y los suelos, y prevenir daños futuros. Más allá de algunas mejoras cosméticas, ese mandato se encuentra incumplido. Las medidas sobre la calidad de las aguas y al aire, simplemente mantienen regulaciones anteriores que desde el siglo XIX toleran la contaminación”, dijo el representante de la ONG.
Entre los argumentos del fallo, el juez recuerda que el derecho al aire libre se desprende de la Constitución argentina y señala: “En este sentido, se establece que la calidad del aire, la congestión vehicular y el crecimiento de las zonas urbanas, entre otros, son factores que debilitan la estructura de la ciudad. La gestión para mejorar la calidad del aire exige la adopción de medidas suficientes para hacer frente a la contaminación que impacta gravemente a la salud infantil y materna”. Consultados por Infobae, en Acumar no quisieron hacer declaraciones al respecto.
La contaminación del aire es un tema de debate por estos días en que, por ejemplo, México DF muestra postales de la ciudad escondida tras el smog. También varias ciudades europeas impulsadas por denuncias de la propia Unión Europea han tenido que poner manos en el asunto ya que algunos grupos de ciudadanos comenzaron con juicios a causa de los peligros de respirar aire contaminado. En ese sentido, por ejemplo, se endurecieron las restricciones para los vehículos y sus emanaciones.
Según un informe del Tribunal de Cuentas de la UE, se calcula que en la UE se producen cada año 510.000 muertes prematuras como consecuencia de la contaminación del aire. La cifra es enorme, y convierte el problema en la primera causa ambiental de muerte prematura en Europa con diferencia. El número de víctimas es más de 10 veces superior al de muertes por accidentes de tráfico.
FUENTE: Laura Rocha – www.infobae.com