Recientemente presentamos un proyecto de ley para habilitar en la Provincia de Buenos Aires el funcionamiento de empresas de redes de transporte, siendo Uber la más conocida de ellas pero no la única, ya que existen a la fecha otras como Cabify, Lyft, Easy Taxi, etc.
Ante la fuerte polémica que generó nuestro proyecto y las múltiples inexactitudes que se han difundido, algunas por malicia y otras por ignorancia, parece imprescindible realizar algunas precisiones.
En primer lugar, las destinatarias del proyecto no son empresas de transporte sino de intermediación digital entre el pasajero y el conductor. Esta modalidad de las plataformas electrónicas y aplicaciones, a través de las cuales se conectan el usuario de un servicio con el prestador o el comprador de un bien con el vendedor, forma parte de lo que se conoce como “economía colaborativa” y está, literalmente, revolucionando el mundo tal como lo conocemos. El futuro que tantos previeron, ya está entre nosotros.
Mercadolibre, que no es una tienda, Airbnb, que no es un hotel, PedidosYa, que no es un restaurant ni una rotisería, DeMotores, que no es una concesionaria, Zonajobs, que no es una consultora de recursos humanos ni una empresa de trabajo eventual, Zonaprop, que no es una inmobiliaria, son todas aplicaciones que vinculan compradores con vendedores o usuarios con prestatarios, y acrecientan el poder del consumidor al poner a su disposición mucha más información para comparar precios y calidad de los productos o servicios, sin depender de ningún intermediario, ni permiso o licencia gubernamental.
Todas estas empresas y sus modalidades de servicios se encuentran amparadas por nuestra Constitución Nacional, que garantiza los derechos de propiedad, de ejercer industria lícita y de comerciar. La misma Constitución que garantiza la protección de los intereses económicos de los consumidores y de la libertad de elección de los mismos, a la vez que ordena proveer a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados.
Ninguna de estas actividades tiene una legislación específica ni requiere autorización estatal alguna porque no están prohibidas, y por lo tanto son lícitas de acuerdo al principio según el cual “Todo lo que no está prohibido está permitido” que, una vez más, recepta nuestra Constitución Nacional.
A pesar de ello, y en el ámbito del transporte de pasajeros, creímos conveniente presentar un proyecto de ley con el propósito de zanjar todas las discusiones jurídicas sobre el tema y habilitar de una buena vez esta nueva opción de transporte y de trabajo para los bonaerenses.
Nuestro proyecto establece que los conductores deberán cumplir con toda la legislación aplicable en materia de tránsito y seguridad (contar con licencia profesional de conducir, VTV, certificado de antecedentes penales, seguro obligatorio, vehículo en perfectas condiciones, no viajar más de 8 horas seguidas o doce interrumpidas por día, observar las normas de antigüedad, radicación y capacidad que establezca la autoridad, etc.) a la vez que hace responsable a la empresa de exigir y controlar dicho cumplimiento, encontrándose impedida de asignar viajes al conductor que no observe la ley.
El texto es de suma claridad cuando estipula específicamente que los titulares, conductores y las empresas, serán responsables solidarios por los daños que ocasionen durante la prestación de dicho servicio a los usuarios o terceros.
En el aspecto impositivo, uno de los que más han sido criticado con ostensible ignorancia o indiferencia por el proyecto, establecemos con toda claridad que los conductores deberán acreditar su inscripción ante los organismos tributarios y previsionales, a la vez que obligamos a las empresas a inscribirse ante la autoridad pertinente, constituir domicilio en la provincia de Buenos Aires y cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, entre las cuales, obviamente, se encuentran las tributarias. Ello sin contar con la obligación de tributar impuestos nacionales conforme lo dispuesto por la reciente reforma tributaria nacional.
En este punto cabe recordar que los pagos de servicios bajo estas modalidades se realizan íntegramente de forma electrónica, de manera tal que todas las operaciones quedan registradas, aumentando y facilitando la recaudación fiscal y eliminando la informalidad característica que puede verse hoy, por ejemplo, entre los taxistas.
Salta a simple vista que las críticas al proyecto han sido absolutamente falsas y obedecen en realidad a una posición corporativa de quienes temen, infundadamente a la luz de lo que ha ocurrido en el mundo, perder su trabajo, o de quienes, en el arco político, sólo pretenden atacar al actual gobierno provincial.
Nuestro rol como legisladores es el de velar por el interés general y no por el de un sector específico o una corporación, por más poderosa que sea. Queremos más opciones para los pasajeros, más empleo para los conductores, más seguridad para la comunidad y más formalidad para el fisco.
A la fecha, miles de compatriotas se han inscripto para ser conductores y más de 2 millones (5 {85a194220a6f266c1dcbe2543ff9c92416dafb994710ce8988807bdc6e23f4c8} de la población total argentina) se han registrado como usuarios sólo en una de las empresas, por lo que cabe agregar a los registrados en otras plataformas y en las que en el futuro aparezcan de aprobarse nuestro proyecto.
Debemos modernizar una legislación que es obsoleta, anterior a internet y a los celulares y en algunos casos a la aparición de la computadora, que es completamente incapaz de adaptarse a nuevas épocas y desafíos.
Debemos cambiar nuestra cultura proclive a las corporaciones y adversa al progreso y a la libertad, y ser progresistas en serio.
Debemos pasar de una Argentina corporativa a una competitiva.
El progreso es inexorable y debemos elegir si queremos promoverlo o entorpecerlo. No debemos legislar pensando en nuestros padres sino en nuestros hijos. En el futuro y no en el pasado.
FUENTE: puntonoticias.com – Guillermo Castello (Diputado Provincial Coalición Cívica-Cambiemos)