La Cámara ratificó la sentencia que ordenó al GCBA finalizar el catalogo de todos los inmuebles anteriores a 1941 y garantizar su protección para que no sean demolidos.
La sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo CATyRC – Sala I – en el Expte. 43501/2011-0, fue dictada el 24 de mayo de 2024 y rechazó la apelación del GCBA.
Esta sentencia ratifica que no deben demolerse los edificios anteriores a 1941 cuya evaluación particular patrimonial no haya sido desestimada.
En abril de 2023, la sentencia de fondo del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 10, a cargo del Dr. Aurelio Ammirato, alcanza a edificios anteriores a 1941 que, antes de ser demolidos, deben ser evaluados por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales para su protección según criterios establecidos en el Código urbanístico y luego tratados en la Legislatura para su protección mediante una nueva ley.
En marzo de 2021, y tras una primera evaluación de esos 141.000 edificios anteriores al año 1941 por el CAAP se seleccionaron 18195 edificios para tratar su tratamiento en la legislatura. Sin embargo, muchos de los proyectos de ley perdieron estado parlamentario quedando el patrimonio histórico en un verdadero limbo legal.
Además; la falta de criterio del CAAP y la flexibilización de la protección legal por parte de la DGIUR está diluyendo las políticas de protección y gestión del patrimonio arquitectónico porteño como la ley 3056 que establece este Régimen de Prevención Preventiva del Patrimonio Porteño
Las ONG y vecinos han documentado y llevado a la Justicia todo tipo de irregularidades en la aplicación del régimen de protección patrimonial; muchos de los permisos de obra del por el Poder Ejecutivo han sido duramente cuestionados por flexibilizar la protección legal votada por la Legislatura.
Conjuntamente al fallo judicial exigimos el tratamiento de los proyectos de ley con los inmuebles seleccionados por el CAAP para que finalmente queden protegidos con fuerza de ley.
Pero también; que se realice una auditoría al CAAP y a la DGUIR ya que; a pesar de las irregularidades documentadas por los vecinos, ONG y los fallos de la Justicia, vemos con alarma la discrecionalidad y falta de transparencia con la que se está modificando la escala e identidad de Buenos Aires para siempre.
La presentación judicial fue realizada por la Asociación Civil Basta de Demoler, la Fundación Ciudad y SOS Caballito, con el patrocinio del abog. Jonatan Baldiviezo del Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Dra. María Carmen Usandivaras.
El detalle del fallo de la Justicia ordena al GCBA a:
– Completar el catálogo definitivo con el relevamiento de la totalidad de los inmuebles de propiedad pública o privada emplazados dentro del territorio de la ciudad, cuyos planos hayan sido registrados antes de 1941.
– Culminar, a través del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, la evaluación del valor patrimonial de tales inmuebles.
– Implementar la protección adecuada y oportuna de aquellos inmuebles que presenten valor patrimonial de acuerdo al resultado de su evaluación.
– Abstenerse de autorizar demoliciones y/o nuevas construcciones con excepción de aquellos casos en que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales resuelva (o haya resuelto) de manera expresa e individualizada que el inmueble no reviste valor patrimonial.
– Una vez completado el catálogo definitivo el gobierno dará cuenta documentada de ello en estos autos, a fin de que este estrado pueda dar por satisfecho el objeto de la condena.
A tal efecto, una vez firme este pronunciamiento informará la nómina de los inmuebles ya evaluados y aquellos que resta evaluar. Y cuando la evaluación haya sido completada proporcionará el detalle de:
a) inmuebles evaluados a partir del dictado de esta sentencia;
b) inmuebles a cuyo respecto haya sido propuesta la catalogación; y
c) inmuebles catalogados definitivamente.
FUENTE: bastadedemoler.org