El pasado miércoles 17 de julio, dos acontecimientos clave en el trabajo climático de nuestro país tuvieron lugar en el Senado de la Nación Argentina. Por un lado, se aprobó un Proyecto de Declaración en el que dicho órgano manifiesta “su profunda preocupación ante la emergencia climática y ecológica mundial”. Por otro, se dio media sanción al proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global.
En lo que respecta al Proyecto de Declaración, fue impulsado por el Senador Pino Solanas, Presidente de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, por la agrupación recientemente formada Jóvenes por el Clima Argentina y por un colectivo de organizaciones ambientalistas denominado Alianza por el Clima. A través de esta declaración, el Senado interpela al Poder Ejecutivo Nacional a que profundice la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, en línea con lo esbozado por el Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) en su Reporte Especial de 1,5°C y por lo convenido internacionalmente en el Acuerdo de París.
El proyecto de Ley, por su parte, corresponde a una colaboración entre el Senador Solanas, y la Senadora Crexell. Este proyecto ya tenía más de 3 años en el congreso; y tuvo varias instancias de intercambio con algunos expertos, incluidos aportes iniciales desde FARN. En el último año, a raíz de los planes de la dirección de Cambio climático, el proyecto recibió mayor atención, y en las últimas horas de su paso por el senado también incorporó lenguaje de organismos especializados.
Algunos de sus puntos a destacar son los siguientes:
Da un respaldo más sólido a la institucionalización del Gabinete Nacional de Cambio Climático, actualmente vigente mediante un Decreto.
Crea el Consejo Asesor Externo del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, que deberá ser convocado por el Gabinete y cuyos miembros deberán ser: científicos, representantes de organizaciones ambientales, comunidades indígenas, universidades, entidades académicas y empresariales, sindicatos, centros de investigación públicos y privados, representantes de partidos políticos con representación parlamentaria.
Establece la obligación de todos los organismos del Poder Ejecutivo Nacional de aportar la información necesaria para la aplicación de la ley.
Crea el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático, para transparentar el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero y el monitoreo de las medidas de mitigación.
Determina que todos los datos y documentos relacionados con la aplicación de la ley deben ser información pública ambiental, de acuerdo con las leyes 25.831 y 25.675.
Cabe destacar que esta ley busca institucionalizar el trabajo climático y no necesariamente establecer objetivos de adaptación y mitigación específicos para alinear a nuestro país con la mayor ambición posible.
Resta ver, entonces, si la Cámara de Diputados da la media sanción que le falta a este proyecto de ley de presupuestos mínimos, o bien si sufrirá cambios adicionales que implicarán nuevas instancias de revisión en el congreso.
FUENTE: farn.org.ar